| La
Ley 3489 sancionada el 27 de junio de 1913, en el capítulo
VII denominado De la Junta Electoral, establecía en su
artículo 74 la creación de una Junta Electoral permanente,
determinando que la misma funcionaría en el recinto de
la H. Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires.
A
partir del año 1934 la Carta Magna Provincial le otorga
jerarquía constitucional al Organismo, estableciendo en
su artículo 49 (actualmente art. 62) que, la Junta Electoral
estará integrada por los presidentes de la Suprema Corte
de Justicia, del Tribunal de Cuentas y de tres Cámaras
de Apelación del departamento judicial La Plata.
La
reforma constitucional del año 1994 mantuvo dicha integración,
así como también sus atribuciones y competencia. |